Siendo el Perú, un país con una importante cantidad de sitios arqueológicos e históricos con manifestaciones rupestres, susceptibles al vandalismo, creemos que es fundamental desarrollar y recomendar el seguimiento de un código de ética para investigadores y visitantes.
1 | Los sitios rupestres ubicados en el ámbito nacional son sitios arqueológicos protegidos por las leyes peruanas y por tanto su alteración, modificación y destrucción parcial o total constituyen delitos penados. |
2 | Su cuidado y preservación es tarea de todos los ciudadanos, en particular los pobladores cercanos a los sitios, por eso la educación sobre el valor del patrimonio cultural arqueológico y del arte rupestre debe ser una constante labor. |
3 | No se deben intervenir físicamente las manifestaciones rupestres a menos que se trate de intervenciones arqueológicas a cargo de arqueólogos y conservadores profesionales en proyectos legalmente establecidos. Esto significa que no deberán hacerse excavaciones o recolección de materiales arqueológicos en su entorno inmediato si no es con fines científicos comprobados. |
4 | No se deberán pintar, rayar, raspar, tizar, mojar, tocar, caminar o escalar los soportes que contienen las representaciones rupestres. |
5 | Debido al impacto negativo a los sitios culturales del turismo descontrolado, no se revelará la ubicación exacta de ningún sitio rupestre, que no esté protegido en publicaciones de índole popular tales como periódicos, revistas, folletos. |